Paraná, 31 de mayo de 2022
El suscripto en mí carácter de Director y el Equipo Directivo de la Institución, solicitan a la Sra. Jefa de Despacho de este Efector Público que proceda a COMUNICAR EN FORMA FEHACIENTE, por los medios electrónicos oportunamente dispuestos por ésta Dirección, a todos los profesionales que revistan la calidad de MEDICOS ASISTENTE en este Hospital, que los mismos desde su efectiva NOTIFICACION, deberán fundamentalmente prestar colaboración en la atención del CONSULTORIO EXTERNO del Efector a mi cargo.
El presente memorándum se da conforme las funciones y responsabilidades que les corresponden a dichos profesionales según lo dispuesto en el Decreto 1734 de fecha 14 de Abril de 1958, en particular en base a lo expresado en el artículo 36 inc. c), e) y c.c. .
Dicha medida prevista legalmente, hoy más que nunca encuentra amplia justificación por el contexto en que nos encontramos atravesando. La situación COVID 19, que pese a los importantes esfuerzos tanto de la Nación como a nivel Provincial, es una realidad que todavía no pudo superarse en forma definitiva. Se registra un agravamiento de la situación debido a la estacionalidad del año por las demás patologías típicas. Además es importante recordar que este Efector cuenta con su propia área programática que es necesario atender.-
Finalmente, debemos resaltar que lo antes expuesto, además encuentra asidero en lo establecido en la Resolución 609/2004 del MINISTERIO PÚBLICO DE SALUD, que estableció las Normas de Organización y Funcionamiento de Servicios de Pediatría e incorporación de las mismas al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, cuya finalidad, como lo sostiene la norma, es garantizar la accesibilidad, la equidad, la eficacia, efectividad y eficiencia del sistema de salud.-
Que en virtud del encuadramiento correspondiente al Efector Sanitario a mi cargo, conforme la estructura funcional antes mencionada, el Hospital está calificado como de ALTACOMPLEJIDAD – 3B, y en base a dicho encuadramiento la medida dispuesta y comunicada por el presente, tiene el basamento médico – legal para ser llevado adelante.-
Cumplimentada que sea la NOTIFICACION cursada a dichos profesionales, ordénese su archivo correspondiente, quedando facultado el Secretario Técnico, conforme facultades otorgadas por la Orgánica Hospitalaria, para el cumplimiento de la presente.-
DIRECCIÓN Y EQUIPO DIRECTIVO DEL H.M.I.S.R