21 de diciembre de 2022
Paraná, Entre Ríos
El Decreto Provincial Nº 4435, por el cual, el Señor Gobernador dispuso: “ARTICULO 1º: Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Provincial desde el 26 al 30 de diciembre de 2022”; “ARTICULO 4º: Los señores Ministros Secretarios de Estado y el Señor Secretario General de la Gobernación en la jurisdicción de la Gobernación, mediante el dictado de Resoluciones establecerán las medidas necesarias a efectos de garantizar los servicios esenciales y el funcionamiento de sus dependencias en los períodos de asueto y receso, pudiendo disponer en su ámbito las modalidades bajo las cuales se prestarán servicios los agentes responsables, así como los lineamientos a seguir para la atención de situaciones extraordinarias y/o de urgencia que se susciten”.-
La Resolución Ministerial Nº 5324 de fecha 16 de Diciembre de 2.022, que dispuso: “ARTICULO 1º: Disponer que los Directores y las Directoras de Hospitales y Centros de Salud a través de la Dirección General del Segundo y Tercer Nivel de Atención y de la Dirección General del Primer Nivel de Atención respectivamente, deberán coordinar las medidas necesarias a fin de garantizar el funcionamiento acorde a los criterios sanitarios que ellas fijen teniendo en cuenta las categorizaciones de cada Establecimiento durante el período establecido como Asueto, de acuerdo a lo manifestado en los considerandos precedentes”;
Que en concordancia con lo dispuesto a nivel Central y Ministerial, se hace necesario establecer el modo y la forma en que deberán prestarse las tareas en este establecimiento a mi cargo, durante los días establecidos como ASUETO.-
Que esta Dirección se encuentra facultada por la legislación para disponer sobre el particular, en el Decreto Nº 7.145/2.003 M.S.P, y en uso de tales facultades, en mi carácter de Director de este HOSPITAL MATERNO INFANTIL “SAN ROQUE”;
Artículo 1°: Los Jefes de cada uno de los Servicios deberán asegurar las guardias mínimas necesarias para el funcionamiento del Hospital desde el 26 y hasta el 30 de diciembre de 2.022.-
Durante los días 26, 27, 28, 29 y 30 de Diciembre, considerados conforme el Decreto Provincial Nº 4435/2.022, como asueto, la prestación de tareas será la necesaria para garantizar el funcionamiento de la institución acorde a los criterios sanitarios vigentes. Durante esos días, los agentes que concurran a prestar tareas accederán al otorgamiento de un (01)franco compensatorio por jornada laboral trabajada, conforme lo dispone la Resolución Ministerial Nº 5324/2.0220, siempre que se acredite marcación de ingreso y egreso según lo dispone el decreto provincial 256/91,.-
Artículo 2°: En el caso de aquellos agentes, que por su situación de revista se encuentren comprendidos en la presente, y que durante el período de Asueto se encuentren usufructuando su Licencia Anual Ordinaria, no podrán reprogramar la misma, pudiendo acceder a la devolución de los francos cuando haya finalizado dicha licencia, y el Jefe de servicios se encuentre en condiciones de otorgarlos.-
Artículo 3°: Quedan exceptuados de la presente Disposición Interna los profesionales que revisten como profesional interno de guardia.
Artículo 4°: Regístrese. Notifíquese a los jefes de servicios de este hospital, de modo electrónico, vía correos institucionales de cada uno de ellos. Cumplido, archívese.-
Director del
Hospital Materno Infantil San Roque
Bioing. Germán Hirigoyen