Disposición Interna 100-2025 HMISR (admisión y permanencia en la Casita San Roque)



Disposición Interna N°  100/2025

                                                                                             

VISTO:

Que en nuestro Hospital existe un espacio denominado “Casita San Roque”, que permite hospedar a madres y niños del interior de la provincia u otras provincias que deben concurrir al nosocomio para la realización de estudios y/o tratamientos, cuya finalidad es que estos cuenten con un lugar para pernoctar y descansar mientras deben permanecer en la ciudad.-

 

Considerando:

Que he tomado conocimiento, a través de la Sra. Jefa de la División Servicios Generales, de reiteradas quejas ante situaciones que ocurren en el mencionado espacio y que alteran el orden y el ambiente de confianza y respeto que debe existir, tal como el caso del ingreso y el uso de sus instalaciones por parte de personas que no pueden hacerlo.-

Que resulta necesario ordenar el funcionamiento de dicho espacio garantizando que se cumpla con la finalidad perseguida con su creación regulando quiénes tienen permitido alojarse en la casa-habitación.-

 

El Director del Hospital Materno Infantil San Roque, en uso de sus atribuciones

DISPONE:

 

ARTICULO 1º: Sólo están autorizadas para permanecer en el hospedaje denominado “Casita San Roque”, las progenitoras residentes en el interior de la Provincia u otras provincias, que se encuentran acompañando a sus hijos mientras los mismos se encuentran en tratamiento en este efector. Deberá considerarse especialmente que el acceso deberá respetar en todo lo dispuesto por la normativa nacional Ley 26.743.-

ARTICULO 2º: Podrá admitirse, en casos excepcionales, a otros familiares, contando con la debida autorización por escrito del Sr. Director o del Secretario Técnico del nosocomio. En caso de tratarse de horarios o días inhábiles, podrá la Sra. Jefa de la División Servicios Generales requerir la autorización por vía telefónica y, una vez consentida la excepción, le será comunicada, siendo responsable de dar aviso a sus subordinados al respecto.-

ARTICULO 3º: La Sra. Jefa de la División Servicios Generales deberá informar a esta Dirección sobre las distintas situaciones que alteren el orden y la disciplina en el espacio en cuestión, detallando quién se encontraba prestando servicio al momento de que ocurran los hechos, a fin de tomar conocimiento y proceder a tomar las medidas disciplinarias que resulten pertinentes.-

ARTICULO 4º: Regístrese. Notifíquese. En estado, archívese.-

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